A partir del 5 de octubre de 2026, el papel desaparece del control administrativo del transporte de mercancías por carretera en España. Si tu empresa envía mercancía a Canarias o Baleares, es muy probable que los trayectos por carretera de tus envíos —antes y después del trayecto marítimo— ya estén sujetos a esta nueva obligación: el DeCA. Te contamos qué es, desde cuándo es obligatorio y qué debes tener en cuenta.
¿Qué es el DeCA?
El DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo) es la versión digital del documento de control administrativo que acompaña a todo transporte público de mercancías por carretera en España. Su función es acreditar la legalidad del servicio ante una inspección, identificando a las partes, la mercancía, el origen y el destino del envío. Lo regula la Orden FOM/2861/2012, y hasta ahora convivía con la versión en papel.
Marco normativo y fecha límite: 5 de octubre de 2026
La obligatoriedad del formato digital nace de la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible (BOE de 5 de diciembre de 2025), que fijó un plazo de adaptación de diez meses. La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril desarrolló los requisitos técnicos, y la Orden TRM/282/2026 precisó el reparto de responsabilidades entre las partes. El resultado: desde el 5 de octubre de 2026, el DeCA en papel deja de tener validez ante una inspección. No hay prórroga prevista.
¿Afecta a los envíos a Canarias y Baleares?
El DeCA se exige para el transporte público interior de mercancías por carretera con origen y destino en España, incluidas las operaciones de cabotaje. En un envío a Canarias o Baleares, el trayecto marítimo no está sujeto al DeCA, pero sí lo están los tramos por carretera que lo rodean: la recogida en origen hasta el puerto de salida, y la distribución en la isla desde el puerto de llegada hasta el destinatario final. Dicho de otro modo: cada tramo que tu mercancía recorre por carretera dentro de España necesita su DeCA digital.
Qué datos debe contener
- Identificación (nombre, NIF y domicilio) del cargador contractual
- Identificación y NIF del transportista efectivo
- Lugar de origen y de destino del envío
- Naturaleza y peso de la mercancía
- Fecha de realización del transporte
- Matrícula del vehículo utilizado, actualizada si cambia durante el servicio
Requisitos técnicos: PDF, código QR y conservación
El DeCA debe presentarse en PDF nativo digital (no una foto ni un escaneo del papel), de un máximo de 5 MB, con metadatos de fecha y hora de creación. Debe incorporar un código QR con una URL de descarga directa en HTTPS, sin necesidad de registrar previamente el acceso ante la Administración. Ante una inspección puede mostrarse por código QR, en la pantalla de un móvil o tablet, o en copia impresa con Código Seguro de Verificación (CSV). Cargador y transportista deben conservar el documento durante al menos un año.
¿Quién es responsable: el cargador o el transportista?
La emisión del DeCA es una obligación compartida. El cargador contractual responde de sus propios datos, de la naturaleza y el peso de la mercancía, y de los lugares de origen y destino. El transportista efectivo responde de su identificación, de la matrícula del vehículo y del conductor, y es quien debe llevar el documento a bordo y mostrarlo ante la inspección. Una inspección puede sancionar a una de las partes, a la otra, o a ambas, si el documento falta o está incompleto.
¿La carta de porte o el eCMR sustituyen al DeCA?
Sí, siempre que incluyan todos los datos mínimos exigidos por la normativa y se presenten en formato digital. Las empresas que ya trabajan con carta de porte electrónica o eCMR en sus envíos pueden cumplir la obligación del DeCA sin generar un documento adicional, siempre que el contenido sea completo.
Casos exentos
- Paquetería de última milla
- Transporte de vehículos averiados o servicios especiales
- Transporte realizado con medios propios (no público)
- Transportes internacionales que discurren solo parcialmente por territorio español, que se rigen por el CMR convencional
Qué significa esto para tu empresa
Un DeCA ausente, incompleto o en el formato equivocado es motivo de sanción tanto para quien contrata el transporte como para quien lo ejecuta, igual que ocurre hoy con la documentación aduanera. En Senda Insular ya estamos adaptando nuestra operativa a esta digitalización para que la entrada en vigor del DeCA no suponga ningún parón ni sobresalto en tus envíos a Canarias y Baleares. Si quieres resolver dudas sobre cómo te afecta o prefieres despreocuparte del papeleo del transporte, contacta con nuestro equipo.
Como cliente de Senda Insular no tienes que hacer nada de forma adicional: nuestro sistema incorpora automáticamente el código QR del DeCA en la PDA del mensajero en el momento de la recogida. Tú solo debes seguir documentando tus envíos en nuestra intranet como haces habitualmente; del resto —incluida la generación y custodia del DeCA— nos encargamos nosotros.
Preguntas frecuentes sobre el DeCA
El DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo) es la versión digital del documento que acredita la legalidad de un transporte público de mercancías por carretera en España, identificando a las partes, la mercancía, el origen y el destino del envío.
Desde el 5 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, el documento de control en papel deja de tener validez legal ante una inspección de transporte, sin periodo de transición ni prórroga prevista.
El trayecto marítimo en sí no está sujeto al DeCA, pero sí lo están los tramos por carretera que lo rodean: la recogida en origen hasta el puerto de salida y la distribución en la isla desde el puerto de llegada hasta el destinatario.
Sí, siempre que incluyan todos los datos mínimos exigidos por la Orden FOM/2861/2012 y se presenten en formato digital. Las empresas que ya operan con eCMR pueden cumplir la obligación del DeCA sin generar un documento adicional.
Ambos. El cargador contractual responde de sus datos, la mercancía y los lugares de origen y destino; el transportista efectivo responde de su identificación, la matrícula del vehículo y el conductor, y debe llevar el DeCA a bordo y mostrarlo ante la inspección.
No. Nuestro sistema incorpora automáticamente el código QR del DeCA en la PDA del mensajero, así que tú solo tienes que seguir documentando tus envíos en nuestra intranet como haces habitualmente. Del resto nos encargamos nosotros.



