Bases Legales de Participación en Acciones Promocionales

1. Empresa Organizadora

Las acciones promocionales están promovidas por Senda Insular SLU, C.I.F. B-85223113.

2. Ámbito De Aplicación

Las fechas de comienzo y finalización, así como el ámbito de aplicación estarán detallados en cada una de las acciones promocionales.

3. Participación

La simple participación implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, Senda Insular SLU quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante. Toda persona que no esté de acuerdo con estas Bases deberá comunicar su renuncia en caso de resultar agraciada en la acción promocional. Para poder participar en las diferentes acciones promocionales promovidas por Senda Insular SLU se exige ser persona física con mayoría de edad. Las condiciones particulares de participación estarán especificadas en cada promoción. Por norma general, y salvo que se establezca otra cosa en una promoción particular, solo se admitirá una participación por persona.

4. Ganadores

Los ganadores de los concursos lo serán por análisis de datos objetivos realizados por Senda Insular SLU. Por otra parte, los ganadores de los sorteos se extraerán por sistemas informáticos de selección aleatoria entre todos aquellos que hayan participado conforme a las reglas establecidas. Los ganadores serán informados por correo electrónico o por la publicación de su nombre en las Redes Sociales o web de Senda Insular SLU. Para todos los concursos se designará un número concreto de ganadores, en función de los premios. Si el ganador renuncia al premio o no ha cumplido con los requisitos de las presentes bases, Senda Insular SLU podrá decidir si lo vuelve a sortear o lo declara desierto. En caso de que el ganador pertenezca a una zona cuyo régimen fiscal sea diferente (Canarias, Ceuta y Melilla) el pago del impuesto de aduanas correspondiente será obligación de dicho ganador. Los ganadores aceptan que su nombre o dato de identificación en la acción y, en su caso, su imagen, sea publicados en los medios que Senda Insular SLU. Estime oportunos, a fin de dar publicidad a la identidad de los ganadores y a la entrega del premio. Los ganadores deberán aceptar formalmente el premio que le corresponda en un plazo máximo de 2 días naturales desde que Senda Insular SLU les contacte para solicitarles los datos para la entrega del premio. En caso de no aceptar el premio o de que el ganador no pueda ser localizado, el premio quedará desierto.

5. Suspensión de la acción promocional.

En caso de fuerza mayor u otras causas de relevancia, a juicio del organizador, la acción promocional podrá suspenderse, o bien prorrogarse, de lo que se dará cuenta en la página web de www.sendainsular.com y cualquier otro foro o medio que Senda Insular SLU, estime conveniente.

6. Premios

Cada uno de los premios que se otorguen serán descritos en las diferentes acciones promocionales. En caso de ser un premio en especie no podrá canjearse por dinero. Las imágenes publicadas en esta web pueden no corresponderse con el aspecto real del producto.

7. Aceptación Bases y Responsabilidad

La participación en cada una de las acciones promocionales llevadas a cabo por Senda Insular SLU conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan en cada promoción. Senda Insular SLU se reserva el derecho de anular la promoción por razones justificadas, así como modificar estas bases o las de la acción promocional en cualquier momento o dejar el premio desierto. Si esto ocurriera será debidamente puesto en conocimiento de los participantes en el mismo canal en el que se haya llevado a cabo la acción, con una explicación motivada de la decisión. De la misma forma, Senda Insular SLU se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta. Senda Insular SLU queda eximido de responsabilidad en el caso de que no pueda localizar al ganador por causas no imputables a la empresa. También el ganador exime a Senda Insular SLU ponentes de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado. Cualquier incidencia que pueda surgir y no esté contemplada en estas bases será resuelta por Senda Insular SLU conforme a su mejor criterio.

8. Datos Personales

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, Senda Insular SLU informa a los usuarios que los datos recabados a través de cualesquiera formularios de recogida de datos en el sitio web www.sendainsular.com o en cualquier plataforma en la que Senda Insular SLU realice la acción promocional, serán incorporados a un fichero automatizado de datos de carácter personal del que es responsable Senda Insular SLU, pudiendo los usuarios ejercer en todo momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre sus datos personales, comunicándolo mediante nuestro. Se deberá indicar el nombre y apellidos del Usuario/s -adjuntando fotocopia del D.N.I.-, su dirección de correo electrónico.

Los datos de los participantes serán utilizados por Senda Insular SLU, con la finalidad de gestionar su participación en la presente promoción (contactar a los participantes ganadores y transmitir dichos datos a las marcas o empresas colaboradoras, y así poder llevar a cabo la entrega de los premios), llevar a cabo actividades de segmentación con fines meramente estratégicos y de negocio, cumplimentar trámites fiscales, así como remitirle información y ofertas comerciales, tanto por medios ordinarios como electrónicos, sobre nuestros productos y servicios.

Senda Insular SLU se compromete a utilizar los datos incluidos en el fichero, respetando su confidencialidad y cumpliendo con la obligación de guardarlos y adoptando todas las medidas para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con lo establecido en el Documento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio y sus modificaciones. Los usuarios consienten y autorizan expresamente a Senda Insular SLU la cesión de sus datos a patrocinadores y a las entidades promotoras y organizadoras. Los datos cedidos a dichas entidades se incluirán en los ficheros de datos de carácter personal, resultando estas empresas o entidades responsables de dichos ficheros, pudiendo los usuarios dirigirse a ellas para ejercer sus derechos.

9. Exoneración de responsabilidad

Senda Insular SLU, no se hará responsables en ningún caso del mal uso que el ganador pueda hacer del premio, o de las consecuencias o perjuicios que el incumplimiento de las bases por su parte pudiera ocasionar a terceros.

10. Ley Aplicable y Jurisdicción

Las acciones de promoción, así como las bases que las regulan, están sujetas a la legislación española. Cualquier controversia que de ellas se deriven, y ante la ausencia de acuerdo amistoso, serán competentes los tribunales españoles.

11. Fiscalidad

A los premios de la presente acción promocional, les serán de aplicación: la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican parcialmente las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Senda Insular SLU la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (en adelante I.R.P.F.).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta del IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Senda Insular SLU se hará cargo a su cuenta de las correspondientes retenciones o ingresos a cuenta sobre los premios entregados, y en su momento expedirán la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho obtenido.